
Tribunal del Tercer Distrito Judicial
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Mediación en relaciones familiares
El proceso de la mediación
Con la ayuda de mediadores capacitados, los padres se reúnen en un entorno informal para decidir cuál será el plan para la crianza de los hijos que mejor cubra sus necesidades y las necesidades de sus hijos en un futuro.
Los mediadores son neutrales y objetivos. Su papel consiste en ayudar a los padres a trabajar conjuntamente para resolver sus disputas, de manera que puedan cumplir con la tarea de criar a sus hijos. Las reuniones de mediación son confidenciales y los mediadores no le darán a conocer la información de las sesiones a ninguna persona, incluido el juez, excepto cuando se trate de cuestiones acordadas.
¿Cómo puede ayudar la mediación?
El programa de mediación fue creado para ofrecer una opción y al mismo tiempo dejar la responsabilidad de tomar las decisiones donde debe estar: en las manos de la familia. Aunque no todas las familias podrán resolver todas las disputas relativas al futuro cuidado de sus hijos, la mayoría ha encontrado que la mediación les ha ayudado a lograr acuerdos aceptables que definen la relación y las responsabilidades entre sí y para sus hijos.
A pesar de que la mayoría de los casos implican divorcios y parejas divorciadas, la mediación no se limita solo a esos casos. La mediación también es útil en casos que implican relaciones pasajeras que han terminado o están terminando en una separación permanente. La mediación es útil y beneficiosa debido a que utiliza un enfoque humano en la resolución de los conflictos.
La mediación utiliza un enfoque humano en la resolución de los conflictos.
Es natural y normal que existan conflictos, y los problemas relativos a la crianza de los hijos son más personales que legales. La mediación es un método de resolución de conflictos que puede abordar con eficacia las relaciones humanas complejas.
La mediación también ayuda a resolver otros problemas.
Muchos abogados han encontrado que, en casos de disputas relativas a custodia y visitas, la mediación ayuda a mejorar la capacidad de las parejas para trabajar satisfactoriamente a través de sus abogados en la negociación de acuerdos para problemas de finanzas, bienes y propiedades, que surgen durante una separación y/o divorcio.
La mediación es una manera de hacer que empiece a funcionar la custodia compartida.
Las leyes de Nuevo México establecen: “Se presumirá que la custodia compartida es lo mejor para el niño en una determinación inicial de custodia”. La custodia compartida implica que tanto el padre como la madre tienen responsabilidades para con sus hijos y que ambos participarán al tomar decisiones que tengan que ver con ellos. La mediación es una buena manera de iniciar el proceso de ejercer la custodia compartida en forma responsable.
Según la definición de la legislatura, la custodia compartida no necesariamente implica una división en partes iguales de las responsabilidades económicas de cada uno de los padres para con sus hijos, ni tampoco el mismo tiempo compartido para cada uno de ellos, tengan o no responsabilidad directa sobre los hijos. Cada uno de los padres tendrá responsabilidades económicas, físicas, emocionales y del desarrollo de sus hijos, y se consultarán uno al otro sobre las decisiones importantes que involucren a los hijos antes de implementar dichas decisiones. Lo mejor para un niño es tener a ambos progenitores participando en su vida de manera activa y como padres responsables.
Estos estándares y otras preocupaciones específicas de la legislatura se estipulan en 40-4-9.1 de las Leyes de Nuevo México. Al reconocer que nadie conoce mejor a sus hijos ni se preocupa más por su bienestar que sus propios padres, la legislatura ha promulgado la “La Ley de Mediación en Relaciones Familiares”, 40-12-1 a 40-12-6 NMSA 1978. La Ley le permite al distrito judicial designar a un mediador para casos de relaciones familiares, que proporcione servicios de mediación en los casos de relaciones familiares que involucren a los hijos. El programa está subvencionado con un recargo de $30.00 para todos los casos nuevos o reabiertos de relaciones familiares, y con honorarios pagados por los padres que participan en el programa según una “escala móvil”. El Tercer Distrito Judicial tiene un Programa establecido de Mediación en Relaciones Familiares dentro del marco legislativo.
¿Qué sucede después de la mediación?
Una vez finalizada la mediación, se envía a la Oficina de Mediaciones un plan propuesto para la crianza de los hijos preparado por el mediador. También se envía una copia de este plan propuesto para la crianza de los hijos, delineando los acuerdos alcanzados por los padres, para los abogados o las partes si se representan a sí mismos (pro se). Después de una revisión de diez días del plan propuesto para la crianza de los hijos, el plan podrá ser presentado ante el Tribunal y resultar en una orden judicial exigible. Si los padres no pudieran llegar a un acuerdo, se les notifica a los abogados y al Juez que los asuntos siguen en disputa y se llevará a cabo una evaluación breve o extensiva. El hecho de que algunos padres no puedan llegar a un acuerdo no se considera un fracaso. La mediación es un trabajo difícil y los padres que finalizan el proceso demuestran su compromiso y preocupación por el bienestar de sus hijos.
Si fuera necesario, es posible volver a recurrir a la mediación, ya sea por un acuerdo entre los padres o al ser derivados por un abogado o funcionario del Tribunal, para ayudarles con los cambios.
Para obtener más información sobre Mediación en Relaciones Familiares, puede llamar a Lisa Betancourt, al 575-523-8267.
Cómo llegar a las Salas de Mediación
(No entre a la Sala del Juez)
Ingrese por la Entrada Principal del Edificio del Tribunal.
Doble a la derecha y siga por el pasillo principal hasta la Oficina de Secretarios de Asuntos Domésticos para registrar su llegada.
Luego de registrarse, regrese al pasillo principal (en dirección a la entrada principal) y entre por la primera puerta de la izquierda después de los baños para tomar el elevador (o use las escaleras) y suba al segundo piso. Siga por el pasillo, tome asiento y será atendido.
Pago de honorarios
Cada uno de los padres debe pagar los honorarios por tres (3) horas de mediación. Ese pago no es reembolsable. Si la mediación durara más de tres horas, cada uno de los padres pagará los honorarios adicionales en incrementos de una hora. “Los ingresos brutos” equivalen a todos los ingresos antes de cualquier retención y deducible. El Tribunal de Distrito no puede aceptar cheques personales. Los pagos se pueden realizar en efectivo, con giro postal o cheque de caja en el momento de la sesión de mediación. No hay cajeros automáticos en el edificio del tribunal.
Escala móvil de honorarios para la mediación
Según los ingresos del padre y la madre: | Pago por hora: |
---|---|
Menos de $10,000 | $5.00 por hora |
$10,000 o más | $10.00 por hora |
$15,000 o más | $15.00 por hora |
$20,000 o más | $20.00 por hora |
$25,000 o más | $30.00 por hora |
$30,000 o más | $40.00 por hora |
$35,000 o más | $50.00 por hora |
$40,000 o más | $60.00 por hora |
$50,000 o más | $70.00 por hora |
Instrucciones para descargar formularios
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